Estado de la Norma: Derogada
DATOS DE PUBLICACIÓN
Fecha de Emisión: 20 de Septiembre de 2001
Boletín Oficial: 24 de Septiembre de 2001
ASUNTO
Inclúyense nuevas actividades en los alcances del Decreto Nº 1054/2001.
GENERALIDADES
TEMA
BENEFICIOS TRIBUTARIOS-ACTIVIDADES ECONOMICAS-LEY DE COMPETITIVIDAD
VISTO
VISTO el Decreto Nº 1054 del 22 de agosto de 2001, y
CONSIDERANDO
Que a través del Decreto citado en el Visto, el PODER EJECUTIVO NACIONAL otorgó beneficios fiscales a los diversos agentes económicos que desarrollen actividades económicas comprendidas en su Anexo.
Que existen otras actividades a las cuales corresponde otorgar los mismos beneficios pues su competitividad se ve restringida por los mismos impuestos distorsivos.
Que en tal sentido es pertinente incluir a dichas actividades en los alcances del Decreto Nº 1054 del 22 de agosto de 2001.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley Nº 25.414.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1:
ARTICULO 1º - Incorpóranse como sujetos beneficiarios del Decreto Nº 1054 del 22 de agosto de 2001 a las personas físicas o jurídicas que desarrollen en el país actividades económicas enumeradas en la planilla que como Anexo forma parte integrante del presente decreto y cuyos códigos de actividad surgen de la Resolución General Nº 485 del 9 de marzo de 1999 de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA.
Modifica a:
Artículo 2:
ARTICULO 2º - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
ANEXO
Resolución General AFIP Nº 485 del 9 de marzo de 1999 |
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CODIGO |
DESCRIPCION |
151130 |
Elaboración de fiambres y embutidos |
151140 |
Matanza de ganado excepto el bovino y procesamiento de su carne (Incluye ganado ovino, porcino, equino, búfalo, etc.) |
151199 |
Matanza de animales n.c.p. y procesamiento de su carne; elaboración de subproductos cárnicos n.c.p. |
151310 |
Preparación de conservas de frutas, hortalizas y legumbres |
151330 |
Elaboración y envasado de dulces, mermeladas y jaleas |
151430 |
Elaboración de margarinas y grasas vegetales comestibles similares |
152030 |
Elaboración industrial de helados (No incluye las heladerías artesanales) |
153139 |
Preparación y molienda de legumbres y cereales n.c.p. (excepto trigo) |
153300 |
Elaboración de alimentos preparados para animales |
154110 |
Elaboración de galletitas y bizcochos |
154120 |
Elaboración industrial de productos de panadería, excluido galletitas y bizcochos (Incluye la elaboración en establecimientos con más de 10 ocupados) |
154191 |
Elaboración de masas y productos de pastelería |
154199 |
Elaboración de productos de panadería n.c.p. (Incluye la elaboración de churros, prepizas, masas fritas, de hojaldre, etc. en establecimientos de hasta 10 ocupados) |
154200 |
Elaboración de azúcar |
154301 |
Elaboración de cacao, chocolate y productos a base de cacao |
154401 |
Elaboración de pastas alimentarias frescas |
154420 |
Elaboración de pastas alimentarias secas |
154911 |
Tostado, torrado y molienda de café |
154912 |
Elaboración y molienda de hierbas aromáticas y especias |
154930 |
Elaboración de yerba mate |
154991 |
Elaboración de extractos, jarabes y concentrados |
154992 |
Elaboración de vinagres |
154999 |
Elaboración de productos alimenticios n.c.p. (Incluye la elaboración de polvos para preparar postres y gelatinas, levadura, productos para copetín. Sopas y concentrados, sal de mesa, mayonesa, mostaza, etc.) |
FIRMANTES
Chrystian G. Colombo
DE LA RUA
Domingo F. Cavallo