DGI

Resolución General N° 1076/1966

ASUNTO

Pagos mediante depósito de cheques de gravámenes cuya recaudación está a cargo de esta Dirección General.

Fecha de emisión: 04/05/1966

B.O.: 19/05/1966

Fe de Erratas: -

Estado de la Norma: Vigente



VISTO el régimen de pagos mediante el deposito de cheques en las instituciones bancarias autorizadas dispuesto por el articulo 1° del Decreto N° 1.309/64 y la Resolución General N° 981 (Varios), y

CONSIDERANDO

Que resulta conveniente precisar la forma en que deben extenderse los cheques que son depositados por los contribuyentes y/o responsables para el pago de deudas impositivas en las instituciones bancarias autorizadas;

Por ello y en uso de las facultades que le confieren los artículos 8° y 31 de la ley N° 11.683 (t.o. en 1960, y sus modificaciones),

EL SUBDIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA

RESUELVE:

1° - Incluir, como segundo párrafo, del punto 1° de la Resolución General N° 981 (Varios), el siguiente:

"Cuando el pago se efectúe mediante cheque, este deberá librarse a nombre del Banco en el cual se deposita."


2° - Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial.




FIRMANTES

Hilario Sanchez

ARCA
  • Agencia de Recaudación y Control Aduanero
  • | Biblioteca Electrónica |