ANA

Resolución N° 2749/1993

ASUNTO

Actualízase la normativa vigente sobre la tramitación de las garantías.

Fecha de emisión: 28/10/1993

B.O.: 03/11/1993

Fe de Erratas: -

Estado de la Norma: Vigente



VISTO la Resolución RGADTA Nº 4744/81 que reglamenta el Sistema de Garantías y,

CONSIDERANDO

Que resulta necesario actualizar la normativa vigente sobre la tramitación de las garantías, a fin de lograr un mayor control en los trámites y agilización de los mismos.

Que a tales efectos es oportuno implementar un nuevo sistema de ingreso directo de datos, en jurisdicción de las Aduanas de Buenos Aires y Ezeiza.

Que con relación a las aduanas del interior deberán adaptar las normas establecidas por la presente a su modalidad operativa.

Que esta norma se dicta de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 23 inc. i) de la Ley 22.415.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE ADUANAS

RESUELVE:

Artículo 1º — Aprobar el índice temático, las instrucciones para la integración y uso del formulario OM-1190 "A" las tablas del sistema de garantías, los cuadros, las normas para la tramitación de las garantías, reserva de documentación garantizada y cursogramas del trámite que se agregan como anexos I, II, III, IV, V, VI, VII y XII respectivamente de la presente.


Art. 2º — Aprobar los formularios OM-1199 "C" "Garantía bancaria" y OM-1517 "B" "Letra caucional" que se agrega como anexos IX y XI.


Art. 3º — Mantener la vigencia de los formularios OM-1190 "A" "Control de garantías" y OM-1200 "B" "Póliza de seguro de caución para garantías aduaneras" que se agregan como anexos VIII y X respectivamente de la presente.


Art. 4º — Toda garantía o fianza que se presente en las aduanas del país para cubrir créditos u obligaciones fiscales por operaciones aduaneras, deberá acompañarse del formulario OM-1190 "A" "Control de garantías" y el plazo de la garantía será el mismo que rija para la operación aduanera que avala.


Art. 5º — La recepción, contabilización y custodia de los valores en garantía, como de los formularios OM-1190 "A", estará a cargo del Departamento Económico Financiero para operaciones tramitadas en la Aduana de Buenos Aires: las tramitadas en las Aduanas de Ezeiza y del Interior, estarán a cargo de sus respectivas jurisdicciones.


Art. 6º — El Departamento Informática será responsable de la implementación de un sistema de ingreso directo de garantías, el cual asegurará la disponibilidad de la información, que hasta la vigencia de la presente, fuera registrada por el anterior sistema y proveerá los listados que las áreas operativas y/o administrativas le requieran.


Art. 7º — En la Aduana de Buenos Aires, las dependencias autorizantes serán responsables de remitir al inicio del sistema, a la Sección Garantías de la División Documentación Fiscal, los facsímiles de firmas en original, de los funcionarios autorizantes de los formularios OM 1190 "A" y de mantener actualizado este registro.


Art. 8º — Derogar la Resolución 4744/81 (BANA 236/81) y los formularios OM-1198 "B", 1199 "B", 1201, 1517 y 1824 "A".


Art. 9º — La presente entrará en vigencia en la Aduana de Buenos Aires a partir del 1 de noviembre de 1993.


Art. 10 — Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial y en el de esta Administración Nacional. Remítase copia a la Secretaría de Ingresos Públicos. Cumplido, archívese.


Anexo III. - Derogado por Resolución General Nº 1469/2003 AFIP

Anexo IV. - Derogado por Resolución General Nº 1469/2003 AFIP

Anexo V. - Derogado por Resolución General Nº 1469/2003 AFIP

Anexo VI. - Derogado por Resolución General Nº 1469/2003 AFIP

Anexo VII. - Derogado por Resolución General Nº 1469/2003 AFIP

Anexo VIII. - Derogado por Resolución General Nº 1469/2003 AFIP



FIRMANTES

Gustavo A. Parino

ARCA
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