AFIP

Disposición N° 1/1999

ASUNTO

Disposición N° 1/1999 (AFIP). Estructura organizativa en el ámbito de la Subdirección General de Legal y Técnica Impositiva. Su modificación.

Fecha de emisión: 05/01/1999

B.O.: 11/01/1999

Fe de Erratas: -

Estado de la Norma: Vigente



VISTO que por el Decreto N° 646 del 11 de julio de 1997 y la Disposición N° 128 del 9 de marzo de 1998 y sus modificatorias se aprobó la estructura organizativa de este Organismo, y

CONSIDERANDO

Que razones de índole funcional y operativa aconsejan realizar modificaciones estructurales en el ámbito de la Subdirección General de Legal y Técnica Impositiva.

Que dicha propuesta reviste particular importancia en el proceso de sistematización de la jurisprudencia administrativa y judicial.

Que dicha modificación cuenta con la conformidad de la Subdirección General de Legal y Técnica Impositiva.

Que han tomado la intervención que les compete el Grupo Coordinador AFIP- Resolución N° 401/97 y la Subdirección General de Recursos Humanos.

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 6° del Decreto N° 618/97, procede disponer en consecuencia.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DISPONE:

ARTICULO 1º — Eliminar de la estructura organizativa vigente la unidad orgánica con nivel de Dirección denominada “Legal y Técnica de los Recursos de la Seguridad Social” y todas sus unidades orgánicas dependientes, existentes en el ámbito de la Subdirección General de Legal y Técnica Impositiva.


ARTICULO 2º — Crear 1 (una) unidad orgánica con nivel de División denominada “Técnica Previsional”, dependiente jerárquicamente de la Dirección de Asesoría Técnica.


ARTICULO 3º — Eliminar de la estructura organizativa vigente todas las unidades orgánicas existentes en el ámbito de la Dirección de Asesoría Legal.


ARTICULO 4º — Crear 3 (tres) unidades orgánicas con nivel de Departamento denominadas “Supervisión Legal”, “Asesoría Legal A” y “Asesoría Legal B”, dependientes jerárquicamente de la Dirección de Asesoría Legal.


ARTICULO 5º — Crear 2 (dos) unidades orgánicas con nivel de División denominadas “Impugnaciones Previsionales” y “Legal Tributaria”, dependientes jerárquicamente del Departamento Supervisión Legal.


ARTICULO 6º — Crear 3 (tres) unidades orgánicas con nivel de División denominadas “Dictámenes Jurídicos A”, “Dictámenes Jurídicos B” y “Dictámenes Jurídicos C”, dependientes jerárquicamente del Departamento Asesoría Legal A.


ARTICULO 7º — Crear 2 (dos) unidades orgánicas con nivel de División denominadas “Previsional” y “Penal y Procedimental”, dependientes jerárquicamente del Departamento Asesoría Legal B.


ARTICULO 8º — Transferir 2 (dos) cargos de Jefes de Sección de la Dirección de Legal y Técnica de los Recursos de la Seguridad Social a la Dirección de Asesoría Legal.


ARTICULO 9º — Eliminar de la estructura organizativa vigente los Anexos A11 y B11.


ARTICULO 10. — Reemplazar los Anexos A08, A09, B08, B09 y C de la estructura organizativa vigente, por los que se aprueban por la presente.


ARTICULO 11. — Esta modificación tendrá vigencia a partir del 15 de enero de 1999.


ARTICULO 12. — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.




FIRMANTES

Carlos Alberto Silvani

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