AFIP

Disposición N° 724/1998

ASUNTO

DISPOSICIÓN N° 724/1998 (AFIP). ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS. Estructura Organizativa. Su modificación.

Fecha de emisión: 29/10/1998

B.O.: 03/11/1998

Fe de Erratas: -

Estado de la Norma: Vigente



VISTO que por el Decreto N° 646 del 11 de julio de 1997 y la Disposición N° 128 del 9 de marzo de 1998 y sus modificatorias se aprobó la estructura organizativa de este Organismo, y

CONSIDERANDO

Que a partir del 1º de diciembre del corriente año, se pondrá en efectivo funcionamiento a la Región Nº 9.

Que por razones funcionales y operativas debe asignarse la jurisdicción correspondiente a la Región citada y a la Región Nº 5.

Que tal modificación cuenta con la conformidad de la Subdirección General de Operaciones Impositivas Metropolitanas y de la Dirección General Impositiva.

Que han tomado la intervención que les compete el Grupo Coordinador AFIP-Resolución N° 401/ 97 y la Subdirección General de Recursos Humanos.

Que en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 6º del Decreto Nº 618/97, procede disponer en consecuencia.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DISPONE:

ARTICULO 1º — Establecer para las dependencias que se indican a continuación, el siguiente ámbito jurisdiccional:


REGION Nº 5: Agencias Nros. 6 y 51


REGION Nº 9: Agencias Nros. 7, 11 y 46


ARTICULO 2º — Determinar que las Regiones Metropolitanas Nros. 5 y 9, bajo la supervisión y coordinación de la Subdirección General de Operaciones Impositivas Metropolitanas, arbitrarán las medidas necesarias referidas al traslado de casos, cargos y toda documentación que resulte de la modificación dispuesta.


ARTICULO 3º — Delegar en la Región Nº 5 la competencia de la Región Nº 9 sobre los asuntos iniciados o ingresados hasta el día 30/11/98 de los contribuyentes comprendidos en jurisdicción de las Agencias Nros. 7, 11 y 46, cuya resolución final requiera el ejercicio de las funciones de juez administrativo.


ARTICULO 4º — Crear tres (3) unidades orgánicas con nivel de División denominadas “Fiscalización 24”, “Fiscalización 25” y “Fiscalización 26”, dependientes jerárquicamente de la Región Nº 9.


ARTICULO 5º — Reemplazar los Anexos A03 y C de la Disposición Nº 128/98 y sus modificatorias, por los que se aprueban por la presente.


Modifica a:


ARTICULO 6º — La Región Nº 9 será puesta en funcionamiento a partir del 1º de diciembre de 1998.


ARTICULO 7° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.




FIRMANTES

Carlos Alberto Silvani

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