AFIP

Disposición N° 892/1998

ASUNTO

DISPOSICIÓN N° 892/1998 (AFIP). Administración Federal de Ingresos Públicos. Estructura Organizativa. Su modificación.

Fecha de emisión: 18/12/1998

B.O.: 29/12/1998

Fe de Erratas: -

Estado de la Norma: Vigente



VISTO la Ley Nº 25.020 del 20 de octubre de 1998, y

CONSIDERANDO

Que en cumplimiento de dicha ley resulta necesario otorgar reflejo estructural y jurisdicción a la Aduana de Villa Regina.

Que a tal fin deben incorporarse las modificaciones pertinentes a la Disposición Nº 128 del 9 de marzo de 1998.

Que han tomado la intervención que les compete el Grupo Coordinador AFIP —Resolución Nº 401/97— y la Subdirección General de Recursos Humanos.

Que la modificación propuesta cuenta con la conformidad de la Dirección General de Aduanas.

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Nº 618/97, procede disponer en consecuencia.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DISPONE:

ARTICULO 1º — Crear una unidad orgánica con nivel de División denominada “Aduana Villa Regina” en la Provincia de Río Negro, dependiente jerárquicamente de la Región Aduanera La Plata, existente en el ámbito de la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.


ARTICULO 2º — Crear dos (2) unidades orgánicas con nivel de Sección denominadas “Resguardo” y “Operativa”, dependientes jerárquicamente de la Aduana Villa Regina.


ARTICULO 3º — Crear una (1) unidad orgánica con nivel de Oficina denominada “Administrativa”, dependiente jerárquicamente de la Aduana Villa Regina.


ARTICULO 4º — Asignar a las unidades orgánicas creadas en los artículos 1º, 2º, 3º idéntica acción y tareas que las establecidas para sus similares en la estructura organizativa vigente.


ARTICULO 5º — Establecer para las unidades orgánicas operativas que a continuación se detallan, el ámbito jurisdiccional en el cual desarrollarán su accionar:

Aduana Villa Regina: Departamentos de Avellaneda, General Roca, El Cuy y Pichi Mahuida, de la provincia de Río Negro.

Aduana San Antonio Oeste: Departamentos Adolfo Alsina, Conesa, 9 de Julio, San Antonio y Valcheta.

Aduana Neuquén: Departamentos Añelo, Confluencia, Pehuenches, Picún Leufú, Aluminé, Chos Malal, Minas, Ñorquín, Loncopue, Picunches, Zapala y Puelén.


ARTICULO 6º — Reemplazar el Anexo A 17 y 19 de la Disposición Nº 128/98 y sus modificatorias, por los que se aprueban por la presente.


Modifica a:


ARTICULO 7º — Esta modificación tendrá vigencia a partir del 4 de enero de 1999.


ARTICULO 8º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y archívese.




FIRMANTES

Carlos Alberto Silvani

ARCA
  • Agencia de Recaudación y Control Aduanero
  • | Biblioteca Electrónica |