AFIP

Resolución General N° 1174/2001

ASUNTO

IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. Resolución General N° 18, sus modificatorias y com plementarias. Resolución General N° 39 y sus modificatorias. Nómina de sujetos comprendidos.

Fecha de emisión: 04/12/2001

B.O.: 07/12/2001

Fe de Erratas: -

Estado de la Norma: Abrogada



VISTO el régimen de retención del impuesto al valor agregado establecido por la Resolución General N° 18, sus modificatorias y complementarias y la Resolución General N° 39 y sus modificaciones, y

CONSIDERANDO

Que de acuerdo con lo establecido en los artículos 2° y 3° de la norma citada en primer término, esta Administración Federal está facultada para incorporar nuevos agentes de retención al mencionado régimen, así como para excluir aquellos que fueron designados como tales.

Que, en consecuencia, corresponde informar la identificación de los sujetos que se incorporan a este régimen de retención y de los que han quedado excluidos del mismo.

Que ha tomado la intervención que le compete la Dirección de Legislación.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7° del Decreto N° 618, de fecha 10 de julio de 1997 y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Modifícase el Anexo I de la Resolución General N° 18, sus modificatorias y complementarias -texto según Anexo I de la Resolución General N° 875-, en la forma que se indica seguidamente:

1. Incorpóranse a los responsables que se detallan a continuación:

"33-70266986-9 CTI PCS SOCIEDAD ANONIMA"

"30-70720270-6 LLOYDS TSB BANK PLC"

"30-51548847-9 REPSOL GAS SOCIEDAD ANONIMA"

2. Elimínanse a los responsables que se indican a continuación:

"30-54808377-6 AUTOSERVICIO MAYORISTA LA LOMA S A"

"30-57641809-0 CERAMICA ZANON SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL INDUS TRIAL Y MINERA"

"30-50000203-0 LLOYDS BANK."

"30-56795224-6 LITORAL CITRUS S A"

"30-51548847-9 ALGAS S A I Y C"


ARTICULO 2°.- Modifícase el Anexo de la Resolución General N° 39 y sus modificaciones -texto según Anexo II de la Resolución General N° 875-, en la forma que se indica seguidamente:

1. Incorpórase al responsable que se detalla a continuación:

"30-70086991-8 BUNGE ARGENTINA S.A."

2. Elimínanse a los responsables que se detallan a continuación.

"30-51992200-9 PINFRUTA S.A."

"30-51981664-0 GUIPEBA CEVAL S.A."


ARTICULO 3°.- Lo establecido en los artículos precedentes tendrá efectos a partir del día 1° de enero de 2002, inclusive.


ARTICULO 4°.- Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.




FIRMANTES

Jose A. Caro Figueroa

ARCA
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