CONSIDERANDO
Que el Decreto Nº 214/02, dispuso la transformación a pesos de todas las obligaciones de dar sumas de dinero, de cualquier causa u origen, expresadas en dólares estadounidenses u otras monedas extranjeras.
Que por su parte el Decreto Nº 261/02 tiene por derogado, desde la vigencia del decreto mencionado en el considerando anterior, el Título V del Decreto Nº 1.387/01, que posibilitó a los exportadores solicitar la devolución del impuesto al valor agregado facturado por operaciones de exportación, en dólares estadounidenses.
Que en orden a las referidas modificaciones deviene necesario adecuar la Resolución General Nº 616, sus modificatorias y complementarias, a la nueva normativa, así como extender la vigencia del régimen transitorio y de excepción para el diligenciamiento de los reintegros que soliciten los exportadores o los sujetos que realicen las operaciones que reciban igual tratamiento que aquellos.
Que han tomado la intervención que les compete las Direcciones de Legislación, de Asesoría Técnica y de Programas y Normas de Fiscalización.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7º del Decreto Nº 618, de fecha 10 de julio de 1997 y sus complementarios.
Por ello,