AFIP

Resolución General N° 146/1998

ASUNTO

Procedimiento. Resolución General N° 27. Régimen especial de facilidades de pago. Resolución General N° 51. Norma complementaria y modificatoria. Su modificación.

Fecha de emisión: 10/06/1998

B.O.: 16/06/1998

Fe de Erratas: -

Estado de la Norma: Vigente



VISTO el artículo 11 de la Resolución General N° 51, y

CONSIDERANDO

Que por medio de la citada norma se establecieron los Jueces Administrativos que pueden autorizar la cancelación de las obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social mediante pagos a cuenta.

Que razones de orden administrativo y operativo hacen aconsejable, a efectos de facilitar las mencionadas cancelaciones, la inclusión de otros funcionarios con competencia para autorizar las mismas.

Que han tomado la intervención que les compete las Direcciones de Legislación y de Asesoría Legal.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7° del Decreto N° 618 de fecha 10 de julio de 1997.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1°-Modifícase la Resolución General N° 51, en la forma que se indica a continuación:

-Sustitúyese el primer párrafo del artículo 11, por el siguiente:

"ARTICULO 11.-El Jefe del Departamento Gestión de Cobro dependiente de la Dirección de Grandes Contribuyentes Nacionales, el Jefe de la División Grandes Contribuyentes Individuales y los Jefes de Distritos o Agencias podrán, siempre que no se produzca perjuicio fiscal, autorizar la cancelación de conceptos adeudados por obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social mediante pagos a cuenta."


Modifica a:


Art. 2°-Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.




FIRMANTES

Carlos Alberto Silvani

ARCA
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