CONSIDERANDO
Que la citada norma estableció un régimen de información de terceros, respecto de toda operación económica de cualquier naturaleza concertadas entre residentes en el país y representantes de sujetos o entes del exterior.
Que a su vez, la Resolución General N° 1463 aprobó el programa aplicativo y los aspectos relacionados con su aplicación, a efectos del cumplimiento de las obligaciones establecidas por el mencionado régimen.
Que razones de administración tributaria aconsejan prorrogar, respecto del año 2002, el vencimiento para la presentación de la información que deben aportar los representantes de los sujetos o entes del exterior.
Que para facilitar la lectura e interpretación de las normas, se considera conveniente la utilización de notas aclaratorias y citas de textos legales, con números de referencia, explicitados en un Anexo complementario.
Que han tomado la intervención que les compete las Direcciones de Legislación y de Información Estratégica para Fiscalización.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7° del Decreto N° 618 de fecha 10 de julio de 1997 y sus complementarios.
Por ello,