CONSIDERANDO
Que el artículo 1° de la Resolución General N° 1.747 suspendió la aplicación del régimen de retenciones establecido por Resolución General N° 1.685 (G). sobre remuneraciones correspondientes a los meses de enero, febrero y marzo de 1976.
Que, conforme a las directivas impartidas por la Secretaría de Estado de Hacienda de la Nación, corresponde establecer, para el período fiscal 1976, un régimen provisorio de retenciones sobre las aludidas rentas.
Por ello y en ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 7° de la Ley N° 11.683 (t. o. en 1974 y sus modificaciones) y 39 de la Ley N° 20.628 y sus modificaciones,