Texto vigente según Resolución General Nº 2016/2006 AFIP
ARTICULO 5°.- En el "Registro" se deberán ingresar, con carácter obligatorio, los siguientes datos:
a) Con relación al empleador:
1. Apellido y nombres, denominación o razón social, Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.), fecha de alta del empleador y domicilio fiscal.
2. Código y denominación de la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) contratada.
3. Códigos y denominaciones de las Obras Sociales correspondientes a las actividades del empleador.
4. Identificación del Convenio Colectivo de Trabajo que corresponda a la actividad principal que desarrolla el empleador.
5. Domicilio de explotación, entendiéndose por tal el lugar o los lugares afectado/s a la o las actividades del empleador.
6. Códigos y denominaciones de las actividades económicas realizadas en el domicilio de explotación.
7. Clave Bancaria Uniforme (C.B.U.) de la cuenta bancaria destinada al reintegro de asignaciones familiares.
Los datos enumerados en los puntos 2 a 7 precedentes, ambos inclusive, estarán sujetos a las modalidades de ingreso, modificaciones y validaciones que, para cada uno de ellos, se detallan en el Anexo II, Apartado A, de la presente.
b) Con relación a cada trabajador:
1. Código Unico de Identificación Laboral (C.U.I.L.) o, en el caso de no poseerlo y de tener asignada la Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.), esta última.
2. Apellidos y nombres.
3. Domicilio real.
4. Domicilio real actualizado, de corresponder.
5. Código y denominación de la Obra Social correspondiente a la actividad, cuando el trabajador no haya elegido un determinado agente de salud.
6. Monto de la remuneración mensual pactada entre el empleador y el trabajador.
7. Código y denominación que indica la modalidad de liquidación de la remuneración.
8. Interrelación "Domicilio de explotación-Actividad económica", correspondiente al lugar de desempeño del trabajador.
9. Código y denominación del puesto a desempeñar por el trabajador, mediante el que se identificará la tarea específica que realizará.
10. Código y denominación de la modalidad de contratación.
11. Si se trata de un trabajador agropecuario.
12. La fecha de inicio de la relación laboral, en el caso de una comunicación de alta.
13. La fecha de finalización de la relación laboral, cuando se trate de la modalidad de contratación a plazo fijo.
14. La fecha de cese de la relación laboral y el código del tipo de baja de que se trate, en el caso de que se comunique una baja en el "Registro".
15. Fecha de nacimiento. Su carga sólo operará cuando el campo esté en blanco o se visualice 1900/01/01.
16. Denominación del nivel de formación: se informará el nivel de estudios del trabajador.
17. Marca de incapacidad/discapacidad.
18. Clave Bancaria Uniforme (C.B.U.) de la cuenta sueldo, para el depósito de las asignaciones familiares y el pago de la cobertura de la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART), en caso de prestación dineraria por siniestro.
19. Vínculos Familiares que se indican en el Anexo III de la presente. Los datos ingresados deberán surgir de la documentación respaldatoria que se encuentre en poder del empleador.
El sistema exhibirá los datos que se detallan en el Anexo II, Apartado B, de la presente.
Los códigos requeridos en los incisos a) y b) precedentes se completarán en función de los establecidos por la Resolución General Nº 3834 (DGI) -texto sustituido por la Resolución General Nº 712, sus modificatorias y complementarias-, en su Anexo IV, Tablas T03 (Tabla de "Códigos de Modalidad de Contratación"), T05 (Tabla de "Códigos de Obras Sociales"), y T06 (Tabla de "Código de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo"), según corresponda.
Asimismo, se deberán utilizar las Tablas denominadas:
a) "Vínculos Familiares", "Modalidad de liquidación de la Remuneración", "Estado Civil", "Motivos de Cese de la Relación Laboral" y "Nivel de Formación", que se consignan en el Anexo IV de la presente.
b) "Puesto desempeñado" y "Convenios Colectivos", provistas por las restantes entidades involucradas en el Programa de Simplificación y Unificación Registral.
Los datos relativos a número de teléfono y dirección de correo electrónico del empleador y del trabajador son de carácter optativo.
ARTICULO ......- El empleador, para dar de alta a un trabajador deberá ingresar los datos consignados en el artículo anterior, inciso b), puntos 1 a 13, luego de haber ingresado los datos indicados en el aludido artículo, en su inciso a), con excepción del punto 7. Su omisión impedirá dar cumplimiento a la mencionada obligación de alta.
Asimismo, la información requerida en el citado inciso b), puntos 15 a 17, en tanto no se ingrese en la oportunidad prevista en el párrafo anterior, deberá ser denunciada dentro de los CINCO (5) días hábiles administrativos posteriores a la comunicación del alta en el "Registro".
El ingreso de los datos correspondientes a la Clave Bancaria Uniforme (C.B.U.) a que se refieren los incisos a), punto 7 y b), punto 18 del artículo anterior, respectivamente, así como los datos relativos a los vínculos familiares del trabajador dispuestos en el referido inciso b), punto 19 y sus respectivas novedades, se efectuará dentro de los plazos que fije la Administración Nacional de la Seguridad Social y la Superintendencia de Servicios de Salud.
Los datos del empleador y del trabajador que no se actualicen en el sistema mediante la información suministrada por otras bases de datos, deberán ser modificados dentro del plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos, de haber ocurrido el evento que origina el cambio del dato, con excepción de lo establecido en el párrafo anterior.
Texto original según Resolución General Nº 1891/2005 AFIP
ARTICULO 5º.- Para comunicar el alta o la baja en el "Registro" se deberán informar los siguientes datos:
a) Con relación al empleador:
1. Apellido y nombres, denominación o razón social y la Clave Unica de Identificación Tributaria C.U.I.T.).
2. El código y la denominación de la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) contratada.
b) Con relación a cada trabajador:
1. Código Unico de Identificación Laboral (C.U.I.L.) o, en el caso de no poseerlo y de tener asignada la Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.), esta última.
2. Apellido y nombres.
3. Código y denominación de la Obra Social por la que optó o el correspondiente a la actividad, cuando el trabajador no haya elegido un determinado agente de salud.
4. Código de Modalidad de Contratación.
5. Si se trata de un trabajador agropecuario.
6. La fecha de inicio de la relación laboral, en el caso de una comunicación de alta en el "Registro".
7. La fecha de finalización de la relación laboral, cuando se trate de la modalidad de contratación a plazo fijo.
8. La fecha de cese de la relación laboral y el código del tipo de baja de que se trate, en el caso de que se comunique una baja en el "Registro".
Los códigos requeridos en los incisos precedentes se completarán en función de los establecidos por la Resolución General Nº 3834 (DGI) —texto sustituido por la Resolución General Nº 712, sus modificatorias y complementarias—, en su Anexo IV, Tablas T03 (Tablas de "Códigos de Situación de Revista" y de "Códigos de Modalidad de Contratación"), T05 (Tabla de "Códigos de Obras Sociales") y T06 (Tabla de "Códigos de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo"), según corresponda.