CONSIDERANDO
Que por Resolución General N° 1.929 fue establecido con relación al Impuesto a las Ganancias, el régimen que regla la actuación de los agentes de retención del referido gravamen, sobre los ingresos provenientes del trabajo personal en relación de dependencia.
Que atendiendo a diversas presentaciones efectuadas por los agentes de retención comprendidos en la disposición precedentemente mencionada, resulta aconsejable establecer normas transitorias, coadyuvando a las necesidades operativas de dichos responsables.
Por ello, y atento lo aconsejado por el Departamento de Asuntos Técnicos y Jurídicos y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 7° de la Ley No. 11.683 (t. o. en 1974 y sus modificaciones) y 39 de la Ley N° 20.628 y sus modificaciones y la Resolución No. 79/76 de la Secretaría de Estado de Hacienda,