AFIP

Resolución General N° 2280/2007

ASUNTO

IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. Resolución General N° 18, sus modificatorias y complementarias. Resolución General N° 39 y sus modificaciones. Nómina de sujetos comprendidos.

Fecha de emisión: 30/07/2007

B.O.: 02/08/2007

Fe de Erratas: -

Estado de la Norma: Abrogada



VISTO el régimen de retención del impuesto al valor agregado establecido por la Resolución General N° 18, sus modificatorias y complementarias, y la Resolución General N° 39 y sus modificaciones, y

CONSIDERANDO

Que de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 3° de la norma citada en primer término, corresponde informar la identificación de los sujetos que han quedado excluidos del mencionado régimen y del agente de retención que se incorpora al mismo.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación y la Subdirección General de Asuntos Jurídicos.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, su modificatorio y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Modifícase el Anexo I de la Resolución General N° 18, sus modificatorias y complementarias -texto según Anexo I de la Resolución General N° 875-, en la forma que se detalla seguidamente:

- Elimínase al contribuyente que se indica a continuación:

"30-61293085-2 NUEVO FEDERAL S A "


ARTICULO 2°.- Modifícase el Anexo de la Resolución General N° 39 y sus modificaciones -texto según Anexo II de la Resolución General N° 875-, en la forma que se detalla seguidamente:

- Elimínanse a los responsables que se indican a continuación:

"30-66296140-6 ARGEN TAIWAN S.A. "

"30-60089898-8 DIMON ARGENTINA S.A."

"33-56835959-9 FRUMAR FRUTOS MARINOS S.A."

"30-68082776-8 MALTEUROP ARGENTINA S.A."

"30-69064823-3 MALULA S.R.L."

"30-60449144-0 NORQUIMICA S.A."

"30-50463879-7 TEXTIL PUNILLA S.A.I.C.A."

"30-66296164-3 SAN TSAN INDUSTRY S.A."


ARTICULO 3°.- Modifícase el Anexo V de la Resolución General N° 18, sus modificatorias y complementarias -texto según Resolución General N° 1.126-, en la forma que se detalla seguidamente:

- Incorpórase al contribuyente que se indica a continuación:

"30-61872532-0 CERRO VANGUARDIA SOCIEDAD ANONIMA"


ARTICULO 4°.- Lo establecido en los Artículos 1°, 2° y 3° tendrá efectos a partir del día 1 de septiembre de 2007, inclusive.


ARTICULO 5°.- Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.




FIRMANTES

Alberto R. Abad

ARCA
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