AFIP

Resolución General N° 2336/2007

ASUNTO

IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. Resolución General N° 18, sus modificatorias y complementarias. Resolución General N° 39 y sus modificaciones. Nómina de sujetos comprendidos.

Fecha de emisión: 25/10/2007

B.O.: 30/10/2007

Fe de Erratas: -

Estado de la Norma: Abrogada



VISTO el régimen de retención del impuesto al valor agregado establecido por la Resolución General N° 18, sus modificatorias y complementarias, y la Resolución General N° 39 y sus modificaciones, y

CONSIDERANDO

Que de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 3° de la norma citada en primer término, corresponde informar la identificación de los agentes de retención que se incorporan al mencionado régimen y de los que han quedado excluidos del mismo.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación y la Subdirección General de Asuntos Jurídicos.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, su modificatorio y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Modifícase el Anexo I de la Resolución General N° 18, sus modificatorias y complementarias -texto según Anexo I de la Resolución General N° 875-, en la forma que se detalla seguidamente:

- Elimínanse a los contribuyentes que se indican a continuación:

"30-50004120-6 LA PREVISION COOPERATIVA DE SEGUROS STDA"

"30-63336199-8 PARMALAT ARGENTINA S A"


ARTICULO 2°.- Modifícase el Anexo de la Resolución General N° 39 y sus modificaciones -texto según Anexo II de la Resolución General N° 875-, en la forma que se detalla seguidamente:

- Elimínanse a los responsables que se indican a continuación:

"30-62145392-7 FRUTICOLA BL S.A."

"30-70700296-0 PASTAS CELULOSICAS PIRAY SOCIEDAD ANONIMA"


ARTICULO 3°.- Modifícase el Anexo V de la Resolución General N° 18, sus modificatorias y complementarias -texto según Resolución General N° 1.126-, en la forma que se detalla seguidamente:

- Incorpóranse a los contribuyentes que se indican a continuación:

"30-70828566-4 BAUM S.R.L."

"30-57620989-0 FORESTADORA TAPEBICUA SOCIEDAD ANONIMA"

"30-57018935-9 GERULA SA"


ARTICULO 4°.- Lo establecido en los Artículos 1°, 2° y 3° tendrá efectos a partir del día 1 de noviembre de 2007, inclusive.


ARTICULO 5°.- Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.




FIRMANTES

Alberto R. Abad

ARCA
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