CONSIDERANDO
Que el Grupo Mercado Común, en su carácter de órgano ejecutivo del Tratado de Asunción, dictó la citada Resolución Nº 121/96 (GMC) y su modificatoria, mediante la cual aprobó la norma sobre "Tratamiento Aduanero para Material Promocional".
Que a su vez, dicha resolución revocó a su similar N° 115 (GMC) del 15 de diciembre de 1994, cuyas disposiciones habían sido implementadas operativamente mediante la Resolución N° 3.749 (ANA) del 29 de diciembre de 1994.
Que corresponde incorporar al ordenamiento jurídico nacional la mencionada Resolución N° 121/96 (GMC) y su modificatoria, lo cual implicará la adopción de las medidas tendientes para lograr su efectivo cumplimiento.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Técnico Legal Aduanera, de Control Aduanero y de Recaudación y la Dirección General de Aduanas.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, su modificatorio y sus complementarios.
Por ello,