DGI

Resolución General N° 2530/1985

ASUNTO

1.- PROCEDIMIENTO E IMPUESTOS VARIOS.

1.1.- Coeficientes de actualización.

Procedimiento. Saldo declaración jurada I.V.A. - Art. 129, inc. b) Ley Nº 11.683. Febrero de 1985.

Impuesto a las Ganancias. Febrero de 1985.

Impuesto sobre los Capitales. Febrero de 1985.

Impuesto al Valor Agregado. Febrero de 1985.

Impuesto sobre los Beneficios Eventuales. Abril de 1985.

Revalúo contable. Ley Nº 19.742. Febrero de 1985.

1.2.- Deudas y créditos fiscales. Coeficientes. Abril de 1985.

1.3.- Régimen de anticipos.

Impuestos a las Ganancias y sobre los Capitales. Coe­ficientes. Abril de 1985.

1.4.- Ley N° 23.029. Tasa de interés. Marzo de 1985.

2.- IMPUESTO A LAS GANANCIAS.

2.1.- Ajuste por inflación. Diciembre de 1984.

2.2.- Retribución socios administradores. Febrero de 1985.

2.3.- Compra o construcción de vivienda propia. Febrero de 1985.

2.4.- Retenciones sobre ganancias de las categorías prime­ra, segunda, tercera y :cuarta. Régimen de la RG N° 2.501 y sus modificaciones. Abril de 1985.

2.5.- Retenciones sobre determinadas ganancias de la cuar­ta categoría. Régimen de la Resolución General N° 2.045. Abril de 1985.

2.6.- Gastos estimativos de movilidad, viáticos y representación de corredores y viajantes de comercio. Abril de 1985.

2.7.- Limite máximo de gastos presuntos deducible por las personas que actúan transitoriamente en el país. Régimen de la Resolución General Nº 2.229. Abril de 1985.

2.8.- Donaciones. Abril de 1985.

3.- IMPUESTO SOBRE LOS BENEFICIOS EVENTUALES. Beneficio no imponible. Abril de 1985.

4.- IMPUESTO SOBRE LOS CAPITALES.

4.1.- Depósitos en caja de ahorro exentos. Febrero de 1985.

4.2.- Exención del gravamen en función del impuesto determinado. Febrero de 1985.

Fecha de emisión: 14/03/1985

B.O.: 18/03/1985

Fe de Erratas: -

Estado de la Norma: Vigente



VISTO las diversas disposiciones que prevén sistemas de actualización de valores contenidos en normas cuya aplicación se encuentra a cargo de esta Dirección General Impositiva, y

CONSIDERANDO

Que consecuentemente se hace necesario establecer los facto­res de corrección, tasa de interés e importes aplicables que, según el caso, resulten procedentes.

Que a los fines de la actualización del valor residual de los bienes a que se refiere el articulo 3° del Decreto Nº 8.626/72 y sus modificaciones, reglamentario de la Ley N° 19.742 y sus modificaciones, de revalúo contable, los coeficientes a aplicar con respecto a los ejercicios cerrados durante el mes de Febrero de 1985, serán los estableci­dos por el articulo 2º de esta Resolución General.

Que asimismo, a los fines de efectuar el ajuste por inflación impositivo resulta conveniente reexpresar determinados índices, oportu­namente publicados, como consecuencia del cambio de base de los indices de precios al por mayor, nivel general, base 1981: 100.

Por ello, de acuerdo con lo aconsejado por las Direcciones Asuntos Técnicos y Jurídicos y Estudios, y en ejercicio de las faculta­des conferidas por el articulo 7° de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones,

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA

RESUELVE:



FIRMANTES

Carlos Ludovico Grimmer

ARCA
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