DGI

Resolución General N° 2668/1987

ASUNTO

IMPUESTO AL VALOR AGREGADO - Ley N° 23.349 - Responsables comprendidos en el régimen de liquidación general, Título III - Presentación de formulario de declaración jurada F. 9/G - Su validez.

Fecha de emisión: 30/01/1987

B.O.: 19/02/1987

Fe de Erratas: -

Estado de la Norma: Vigente



VISTO

Y

CONSIDERANDO

Que el artículo 1° de la Resolución General N° 2.647 establece que los responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado. instituido por la Ley N° 23.349, comprendidos en el régimen de liquidación general, utilizarán el formulario de declaración jurada N° 9/G, para determinar la obligación de cada período fiscal e ingresar o, en su caso, informar el saldo de impuesto resultante.

Que el mencionado formulario de declaración jurada deberá ser presentado en las Instituciones bancarias autorizadas, de acuerdo con lo establecido por el artículo 9° de la precitada Resolución General.

Que se hace necesario aclarar que el sello del banco receptor, servirá como constancia de la presentación de la declaración jurada mensual prevista en el artículo 23, Título III de la referida ley.

Por ello, de acuerdo con lo aconsejado por la Dirección Asuntos Técnicos y Jurídicos y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 7° de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones.

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA

RESUELVE:

Artículo 1° - El sello de la institución bancaria receptora del formulario de declaración jurada mensual N° 9/G, será considerado válido para acreditar el cumplimiento de la obligación establecida por el artículo 2° de la Resolución General N° 2.647.


Art. 2° - Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.




FIRMANTES

Carlos Marcelo Da Corte

ARCA
  • Agencia de Recaudación y Control Aduanero
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