DGI

Resolución General N° 2890/1988

ASUNTO

Impuesto al Valor Agregado. Ley N° 23.349, artículo 1° y sus modificaciones. Resoluciones Generales Nros 2.765 y sus modificaciones y 2.782 y sus modificaciones. Primer semestre año calendario 1988. Presentación formularios de declaración jurada. Nuevo plazo de vencimiento.

Fecha de emisión: 31/08/1988

B.O.: 06/09/1988

Fe de Erratas: -

Estado de la Norma: Abrogada



VISTO las Resoluciones Generales N° 2.765 y sus modificaciones y 2.782 y sus modificaciones y

CONSIDERANDO

Que atendiendo al permanente propósito de este Organismo de posibilitar a los responsables el normal cumplimiento de sus obligaciones fiscales, se considera conveniente prorrogar, con carácter de excepción, el plazo de presentación de las obligaciones impuestas por el artículo 12 de las precitadas normas, correspondientes al primer semestre del año calendario 1988.

Por ello, y de acuerdo con lo aconsejado por la Dirección Legislación y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 7° de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones.

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA

RESUELVE:

Artículo 1° - Prorrógase hasta el día 21 de octubre de 1988, inclusive, el plazo acordado para la presentación de los formularios de declaración jurada aludidos en el artículo 12 de las Resoluciones Generales Nos 2.765 y sus modificaciones y 2.782 y sus modificaciones, correspondientes al primer semestre del año calendario 1988.


Art. 2° - Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.




FIRMANTES

Carlos Marcelo Da Corte

ARCA
  • Agencia de Recaudación y Control Aduanero
  • | Biblioteca Electrónica |