CONSIDERANDO
Que mediante la Resolución General N° 2854 se estableció un régimen de retención del impuesto al valor agregado aplicable a las operaciones que, por su naturaleza, dan lugar al crédito fiscal.
Que de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 3° de la referida norma corresponde informar las designaciones, así como las exclusiones, de los agentes de retención.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación y la Subdirección General de Asuntos Jurídicos.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.
Por ello,