CONSIDERANDO
Que la Resolución General Nº 2619 aprobó el procedimiento de registro y seguimiento del Manifiesto Internacional de Cargas/Declaración de Tránsito Aduanero (MIC/DTA), a través del Sistema Informático del Tránsito Internacional Aduanero (SINTIA).
Que dicha resolución general prevé que este sistema informático se aplicará en forma progresiva, y en tal sentido, la Resolución General Nº 2801 instrumentó la primera ampliación del universo de operaciones alcanzadas.
Que se estima conveniente extender la utilización obligatoria del Sistema Informático del Tránsito Internacional Aduanero (SINTIA) a las operaciones de exportación por la vía terrestre que tengan como destino a los países signatarios del Acuerdo sobre Transporte Internacional Terrestre (ATIT).
Que la medida propiciada, además de brindar una herramienta idónea para la gestión de control de esta Administración Federal, posibilitará profundizar el concepto de aduana con menos papeles, a través de la eliminación de la presentación en sede aduanera del documento de transporte para las operaciones afectadas.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Recaudación, de Sistemas y Telecomunicaciones y Técnico Legal Aduanera y la Dirección General de Aduanas.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.
Por ello,