CONSIDERANDO
Que mediante Resolución General N° 3.041 se extendió hasta el 31 de diciembre de 1989, la ampliación del régimen especial de ingreso del impuesto al valor agregado instituido por Resolución General N° 2.865 y sus modificaciones.
Que el tercer párrafo del inciso a) del artículo 4° de la Resolución General N° 2.865 y sus modificaciones, prevé la extensión por parte de este Organismo de un certificado definitivo de exclusión del precitado régimen especial de ingreso, a aquellas empresas proveedoras beneficiadas por regímenes de promoción que otorguen la liberación o diferimiento del impuesto al valor agregado.
Que en consecuencia y a los fines de no generar inconvenientes a las precitadas empresas en cuanto a la validez de la exclusión acordada por este Organismo, resulta procedente compatibilizar lo dispuesto por la Resolución General N° 3.041 respecto de los certificados oportunamente extendidos.
Por ello, de acuerdo con lo aconsejado por Dirección Legislación y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7° de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones,