ARTICULO 1°.- Modificase la Resolución General N° 2.614 y sus modificaciones, en la forma que se indica a continuación:
1. Sustitúyese en el inciso a) del artículo 2°, la suma "DOSCIENTOS MIL AUSTRALES (A 200.000.-)", por la suma "DIEZ MILLONES DE AUSTRALES (A 10.000.000.-)".
2. Sustitúyese en el inciso b) del artículo 2°, la suma "QUINIENTOS MIL AUSTRALES (A 500.000.-)", por la suma de "CINCUENTA MILLONES DE AUSTRALES (A 50.000.000.-)".
3. Sustitúyese el inciso c) del artículo 4°, por el siguiente:
"c) De tratarse de sociedades o de personas físicas inscriptas ante esta Dirección General: número de clave única de identificación tributaria (C.U.I.T.).
A tal efecto, los contribuyentes y responsables deberán aportar a las respectivas entidades financieras fotocopia del Formulario N° 601, o en su caso, de la Constancia de Inscripción emitida por este Organismo".
4. Sustitúyese el inciso e) del artículo 4°, por el siguiente:
"e) De tratarse de personas físicas no inscriptas ante esta Dirección General: número de documento cívico para aquellas personas de nacionalidad argentina y número de cédula de identidad o número de pasaporte, en caso de no poseer cédula de identidad para aquellas personas de nacionalidad extranjera".
Modifica a: