CONSIDERANDO
Que a los fines de coadyuvar al cumplimiento de la obligación que fuera impuesta por el artículo 4° de la Resolución General N° 3.143 y su modificatoria a los contribuyentes y responsables alcanzados por el artículo 37 del Decreto N° 435/90, modificado por el Decreto N° 612/90, se estima necesario extender el plazo fijado para la presentación del formulario de declaración jurada N° 442, respecto de la información a suministrar por el primer trimestre sujeto al aludido régimen.
Por ello, de acuerdo con lo aconsejado por la Dirección Legislación y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 7° de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones,