DGI

Resolución General N° 3312/1991

ASUNTO

Impuesto a las Ganancias. Régimen de retención para determinadas ganancias. Resolución General N° 2.784 y sus modificaciones. Operaciones con bienes de cambio. Sustitución de alícuotas aplicables.

Fecha de emisión: 20/02/1991

B.O.: 21/02/1991

Fe de Erratas: -

Estado de la Norma: Vigente



VISTO la Resolución General Nº 2.784 y sus modificaciones, y

CONSIDERANDO

Que razones de política tributaria hacen aconsejable modificar las alícuotas aplicables en el régimen de retención reglado por la precitada norma, respecto de las operaciones de enajenación de bienes de cambio indicadas en el inciso f) del articulo 1º de la misma.

Por ello, de acuerdo a lo aconsejado por la Dirección Legislación y en ejercicio de las facultades conferidas por los articulo 7º y 29 de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones,

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA

RESUELVE:

Articulo 1º.- Modifícase la Resolución General Nº 2.784 y sus modificaciones, en la forma que a continuación se establece:

1. Sustitúyese en el punto 3.1. del punto 3) del articulo 14 la expresión: "CINCUENTA CENTESIMOS POR CIENTO (0,50 %)" por la expresión: "UNO POR CIENTO (1%)".

2. Sustitúyese en el punto 3.2. del punto 3) del artículo 14 la expresión: "UNO CON CINCUENTA CENTESIMOS POR CIENTO (1,50 %)" por la expresión: "DOS POR CIENTO (2 %)".


Modifica a:


Art. 2º.- La modificación dispuesta por el articulo anterior será de aplicactón a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución general en el Boletin Oficial.


Art. 3º.- Registrese, publiquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archivese.




FIRMANTES

Ricardo Cossio

ARCA
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