DGI

Resolución General N° 3323/1991

ASUNTO

IMPUESTO A LAS GANANCIAS. Agentes de retención. Resolución General N° 2.651 y sus modificaciones. Artículo 18. Actualización de importe.

Fecha de emisión: 06/03/1991

B.O.: 11/03/1991

Fe de Erratas: -

Estado de la Norma: Vigente



VISTO, y

CONSIDERANDO

Que mediante la Resolución General N° 2.651 y sus modificaciones se instrumentó un sistema de retenciones del impuesto a las ganancias, aplicable

a las personas físicas y sucesiones indivisas.

Que el artículo 18 de la precitada norma establece que los agentes de retención deberán presentar, entre otros, el formulario de declaración jurada

N° 295, únicamente por los beneficiarios que hubieran percibido en el curso del respectivo año calendario, ganancias netas que superen el importe que en

el mismo se precisa.

Que razones de buen orden administrativo y de economía fiscal señalan la conveniencia de actualizar el comentado importe.

Por ello, de acuerdo con lo aconsejado por la Dirección Legislación, y en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 5° y 7° de la Ley N°

11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones,

EL SUBDIRECTOR GENERAL A CARGO DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA

RESUELVE:

Artículo 1° - Fíjase en ciento setenta y siete millones seiscientos treinta y nueve mil ochocientos ochenta y ocho australes (A 177.639.888.-) el importe establecido en el artículo 18 -suma que deberá igualarse o superarse para que resulte obligatoria la presentación del formulario de declaración jurada N° 295- de la Resolución General N° 2.651 y sus modificaciones, con vigencia para el año calendario 1990.


Art. 2° - Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.




FIRMANTES

Juan Carlos Piñeiro

ARCA
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