DGI

Resolución General N° 3334/1991

ASUNTO

Impuesto al Valor Agregado. Proveedores de empresas. Régimen especial de ingreso. Resolución General N° 3125 y sus modificaciones. Su modificación.

Fecha de emisión: 22/03/1991

B.O.: 25/03/1991

Fe de Erratas: -

Estado de la Norma: Vigente



VISTO, y

CONSIDERANDO

Que razones de administración tributaria hacen aconsejable elevar los porcentajes del gravamen facturado que deberá retenerse en el caso de las operaciones comprendidas en el articulo 1º de la Resolución General Nº 3125 y sus modificaciones.

Que, asimismo, resulta procedente determinar el momento a partir del cual deberán aplicarse los nuevos porcentajes que se establezcan.

Por ello, de acuerdo con lo aconsejado por Dirección Legislación y en uso de las facultades conferidas por los artículos 5º y 7º de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones y por el articulo 23, último párrafo, de la Ley Nº 23.349, articulo 1º y sus modificaciones.

EL SUBDIRECTOR GENERAL A CARGO DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA

RESUELVE:

Articulo 1º.- Modificase el articulo 1º de la Resolución General N° 3125 y sus modificaciones, en la forma que se establece a continuación:

1. Sustitúyese en el punto 1. la expresión: "TREINTA PORCIENTO (30%)" por la expresión: "CUARENTA Y CINCO POR CIENTO (45 %)".

2. Sustitúyese en el punto 2. la exprestón: "SESENTA POR CIENTO (60 %)" por la expresión: "SETENTA Y CINCO POR CIENTO (75 %)".


Modifica a:


Art. 2°.- Las modificaciones establecidas por el articulo 1º serán de aplicación respecto de las facturas o documentos equivalentes que se emitan a partir del día 1º de abril de 1991, inclusive, no resultando alcanzadas por las mismas los regimenes especiales creados por las Resoluciones Generales Nros. 3130 y sus modificaciones, 3137, 3.139, 3141 y sus modificaciones y 3.298 y sus modificaciones.


Art. 3°- Registrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.




FIRMANTES

Juan Carlos Piñeiro

ARCA
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