CONSIDERANDO
Que atendiendo razones de administración tributaria y buen orden administrativo, este Organismo considera necesario prorrogar -por única vez- el plazo otorgado por el artículo 18 de la Resolución General N° 3.211 y su modificatoria, para la presentación de la información requerida a los comisionistas de bolsa y de mercado abierto, contenida en las declaraciones juradas informativas F. N° 334 -nuevo modelo- y F. N° 334/A.
Por ello, de acuerdo con lo aconsejado por la Dirección Legislación, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 7° de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones,