CONSIDERANDO
Que se han producido presentaciones de responsables alcanzados por el régimen creado por la citada norma, que aducen problemas operativos derivados de su aplicación, los que, por resultar atendibles, hacen necesario introducir modificaciones en el sistema de percepción instaurado.
Que asimismo, y en mérito a la sobreviniente sanción de la Ley N° 23.928, cabe disponer la derogación de las normas que, en materia de actualizaciones, contiene la Resolución General N° 3337, habida cuenta de la fecha prevista para su entrada en vigencia.
Por ello, de acuerdo a lo aconsejado por la Dirección Legislación, y en uso de las facultades que le acuerda el artículo 7° de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones,