DGI

Resolución General N° 3362/1991

ASUNTO

IMPUESTOS A LAS GANANCIAS. Personas físicas y sucesiones indivisas. Período fiscal 1990. Vencimiento para la presentación de las declaraciones juradas.

Fecha de emisión: 23/05/1991

B.O.: 24/05/1991

Fe de Erratas: -

Estado de la Norma: Vigente



VISTO, y

CONSIDERANDO

Que razones de índole operativa hacen aconsejable extender únicamente el plazo fijado, con carácter general, para la presentación de los formularios de declaraciones juradas del impuesto a las ganancias, de las personas físicas y sucesiones indivisas, correspondientes al año fiscal 1990.

Que el dictado de la norma pertinente se realiza de acuerdo con lo aconsejado por las Direcciones Legislación y Programas y Normas de Recaudación, y en uso de las facultades acordadas por el artículo 7° de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones.

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA

RESUELVE:

Artículo 1 ° - La presentación de los formularios de declaraciones juradas del impuesto a las ganancias, correspondientes al año fiscal 1990, por parte de las personas físicas y sucesiones indivisas, podrá efectuarse hasta el día 14/6/91, inclusive, ello sin perjuicio del pago de los saldos a favor del Fisco que resulten de los mismos, los que deberán ingresarse dentro de los plazos fijados por la Resolución General N° 2509 y sus modificaciones.


Art. 2°- Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro oficial y archívese.




FIRMANTES

Ricardo Cossio

ARCA
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