CONSIDERANDO
Que por Resolución General N° 2.733 y sus modificaciones instauró un sistema por el cual esta Dirección General ad la recepción de la información aportada por los responsa mediante soportes magnéticos.
Que mediante la Resolución General N° 3.211 y sus modificaciones se establecieron los requisitos, plazos y demás condiciones a cumplimentar por los
agentes de información comprendidos en el mencionado sistema.
Que en tal sentido se estima oportuno introducir modificaciones a los diseños de registros actuales, a efectos de aplicar un criterio uniforme con lo dispuesto por el punto 2. del artículo 1° de la Resolución General N° 3.301.
Que la presente se dicta de acuerdo con lo aconsejado por las Direcciones Legislación y Programas y Normas de Fiscalización, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7° de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones.
Por ello,