CONSIDERANDO
Que mediante el listado que integra el Anexo de dicha norma, este Organismo informó la nómina de empresas que, entre omina de empresas que, entre otras, se encuentran comprendidas en el régimen especial de ingreso del impuesto al valor agregado reglado por la Resolución General N° 3125 y sus modificaciones.
Que, conforme al tercer punto del artículo tercer punto del articulo 3º de la resolución general citada en último término, resultan incorporadas al sistema aquellas empresas que revisten interés fiscal.
Que se estima necesario proceder a la rectificación parcial de dicho Anexo, consistente en la exclusión y corrección de denominaciones y claves de identificación de determinadas empresas.
Que han tomado la intervención que les compete las Direcciones de Legislación y de Programas y Normas de Recaudación.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el articulo 7º de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones.
Por ello,