ARTICULO 2° - Los responsables a que se refiere el artículo anterior, deberán presentar:
1. Copia autenticada de la norma por la cual se declara el respectivo proceso de privatización total o parcial.
2. Copia autenticada de las normas referidas a franquicias tributarias que pudieran haberle sido otorgadas, consistentes en exenciones, suspensiones, desgravaciones o reducciones de impuestos, distintas al beneficio determinado por el Decreto N° 1.924/91.
3. Nota que deberá contener, como mínimo, los siguientes datos:
3.1. Lugar y fecha.
3.2. Denominación y domicilio fiscal.
3.3. Número de la clave única de identificación tributaria (C.U.I.T.).
3.4. Mes de cierre del ejercicio económico.
3.5. Año fiscal, concepto y monto del tributo eximido.
3.6. Fecha de vencimiento para el pago de la obligación fiscal eximida.
3.7. Detalles del estado de trámite de la privatización total o parcial.
3.8. Firma de representante autorizado y carácter que inviste, precedidos de la fórmula prevista en el artículo 28 "in fine" del Decreto N° 1.397/79 y sus modificaciones.