CONSIDERANDO
Que pautas recaudatorias aconsejan unificar el empleo de formularios, a través de los cuales los contribuyentes, responsables y terceros cumplimentan sus obligaciones tributarias.
Que, en tal sentido resulta procedente sustituir la boleta de depósito para el ingreso de las retenciones practicadas prevista en el primer párrafo del artículo 9°, por el formulario N° 99.
Que han tomado la intervención que les compete las Direcciones de Legislación y de Programas y Normas de Recaudación.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 5° y 7° de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones.
Por ello,