CONSIDERANDO
Que a los fines de facilitar el cumplimiento de las obligaciones emergentes de la citada norma en materia de emisión de comprobantes, se entiende razonable considerar la particular operatoria existente en determinados servicios, en los cuales los cupones o recibos que se emiten habilitan la prestación del servicio y al mismo tiempo acreditan su correspondiente pago.
Que ha tomado la intervención que le compete la Dirección de Legislación.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 7° y 40 de la Ley N° 11683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones.
Por ello,