ARTICULO 1° - Modificase la Resolución General N° 3.784 de la forma que a continuación se indica:
1. Sustitúyese la denominación del CAPITULO I por la siguiente:
"Capítulo I - Decretos Nros 2.609/93 y su modificatorio y 476/94. Normas complementarias".
2. Sustitúyese el artículo 1° por el siguiente:
"ARTICULO 1° - Los responsables de las contribuciones sobre la nómina de salarios, alcanzados por el beneficio que establecen los Decretos N 2.609 del 22 de diciembre de 1993 y su modificatorio N° 81 de fecha 19 de enero de 1994 -respecto a las actividades indicadas en su artículo 2°- y 476 de fecha 28 de marzo de 1994, deberán cumplimentar los requisitos que se establecen en el presente Capítulo".
3. Sustitúyese el artículo 2° por el siguiente:
"ARTICULO 2° - A los fines de la aplicación del beneficio a que se refiere el artículo 1°, los empleadores aludidos en el mismo deberán solicitar a los organismos de aplicación del impuesto sobre los ingresos brutos de las respectivas jurisdicciones provinciales y de la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, una constancia que acredite que, respecto de los mismos, se cumplen cabalmente las condiciones dispuestas por los artículos 2° y 3° del Decreto N° 2.609/93 y su modificatorio y, en su caso, por el artículo 1° del Decreto N° 476/94, con relación a la respectiva jurisdicción y a la actividad desarrollada en la misma.
La mencionada constancia deberá conservarse en poder de los responsables, para su presentación, cuando sea requerida por esta Dirección General, perdiendo validez cuando se modifiquen las causas que originan el derecho al beneficio."
4. Sustitúyese en el primer párrafo del artículo 3° la expresión "Decreto N° 2.609/93" por la expresión "Decreto N° 2.609/93 y su modificatorio".
5. Sustitúyese el punto 2. del artículo 3° por el siguiente:
"2. Actividad a la que está afectado (según las eferidas en el artículo 2° del Decreto N° 2.609/93 y su modificatorio y en el artículo 1° del Decreto N° 476/94 u otras no comprendidas en los mismos)."
6. Sustitúyese, al final del punto 1. del artículo 8°, la expresión "... Decreto N° 2.609/93" por la expresión "... Decreto N° 2.609/93 y su modificatorio o, en su caso, de los artículos 1° y 8° del Decreto N° 476/94."
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