AFIP

Resolución General N° 385/1999

ASUNTO

Impuesto sobre los Combustibles Líquidos. Ley Nº 23.966, Título III de Impuesto sobre los Combustibles Líquidos y el Gas Natural, texto ordenado en 1998. Resolución General Nº 193 y sus complementarias. Artículos 6º y 7º, tercer y quinto párrafos. Norma complementaria.

Fecha de emisión: 08/02/1999

B.O.: 11/02/1999

Fe de Erratas: -

Estado de la Norma: Abrogada



VISTO los artículos 6º y 7º, tercer y quinto párrafos, de la Resolución General Nº 193 y sus complementarias, y

CONSIDERANDO

Que este Organismo debe publicar la nómina de los responsables que, en razón de haber cumplido con los requisitos exigidos por la Resolución General Nº 193 y sus complementarias, se encuentran beneficiados por la exención prevista en el inciso c) del artículo 7º de la Ley Nº 23.966, Título III de Impuesto sobre los Combustibles Líquidos y el Gas Natural, texto ordenado en 1998.

Que, asimismo, corresponde incluir en la nómina de los responsables que actúen con carácter de adquirentes exentos del gravamen, informada por la Resolución General Nº 314, la denominación y la Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.), así como el lapso dentro del cual tendrá validez la acreditación de tal condición, de empresas que dieron cumplimiento a los requisitos y condiciones para su empadronamiento.

Que han tomado la intervención que les compete las Direcciones de Legislación y de Programas y Normas de Fiscalización.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7º del Decreto Nº 618 de fecha 10 de julio de 1997.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- De acuerdo con lo previsto por el artículo 6° de la Resolución General N° 193 y sus complementarias se consideran, asimismo, incorporadas a la nómina de los responsables -publicada mediante Resolución General N° 314- que dieron cumplimiento a los requisitos y condiciones establecidos para su empadronamiento como adquirentes exentos, conforme a lo dispuesto por el artículo 7°, tercer y quinto párrafos, de la Resolución General N° 193 y sus complementarias, por el lapso comprendido entre el 1° de enero de 1999 y el 30 de setiembre de 1999, ambas fechas inclusive, a las empresas que se indican en el Anexo que se aprueba y forma parte integrante de la presente resolución general.


Modifica a:


ARTICULO 2°.- Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.


Anexo I

ANEXO

RESOLUCION GENERAL Nº 386

A-ADQUIRENTES DE PRODUCTOS CON DESTINO EXENTO RESPONSABLES ADQUIRENTES DE SOLVENTES ALIFATICOS Y AROMATICOS, Y AGUARRAS:

FORMULARIO Nº 695

RESOLUCION GENERAL Nº 193 Y SUS COMPLEMENTARIAS - ARTICULOS 6º, PRIMER PARRAFO Y 7º, TERCER Y QUINTO PARRAFOS

NOMINA DE CONTRIBUYENTES CON ACEPTACION DE EMPADRONAMIENTO

VIGENCIA: DESDE EL 01/01/99 HASTA EL 30/09/99, AMBAS FECHAS INCLUSIVE

CUIT APELLIDO Y NOMBRES, DENOMINACION Y/O RAZON SOCIAL

33-54171343-9 

30-50426416-1 

30-68845777-3 

ANILINAS COLIBRI C.I.I.F.S.A.

BELCAR S.A.I.C.

INDUSTRIAS QUIMICAS FASSI S.R.L.




FIRMANTES

Carlos Alberto Silvani

ARCA
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