CONSIDERANDO
Que mediante las normas mencionadas se estableció un sistema de información, control de inscripción y de pago de aportes para trabajadores autónomos.
Que el mismo prevé la remisión a este Organismo —por parte de los entes oficiales designados— del original del formulario de declaración jurada N° 580, dentro del término de TRES 13) dios hábiles administrativos de ser presentados por los trabajadores autónomos que gestionen habilitaciones, licencias o permisos.
Que con la finalidad de facilitar el cumplimiento de dicha obligación —habida cuenta que determinadas entidades por razones administrativas, se ven imposibilitadas de poner a disposición la información en el tiempo requerido—, se considera oportuno flexibilizar el plazo fijado para la remisión del citado formulario.
Que ha tomado la intervención que le compete la Dirección de Legislación.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 7° de la Ley N° 11.683. texto ordenado en 1978 y sus modificaciones y el articulo 6° del Decreto N° 507/93.
Por ello,