CONSIDERANDO
Que por la mencionada resolución general se fijaron las fechas de vencimiento general para acogerse al régimen establecido por el Decreto N° 493 de fecha 22 de setiembre de 1995, sus modificatorios y complementario, para trabajadores autónomos.
Que esta Dirección General ha tomado conocimiento de la presencia de un significativo número de contribuyentes y responsables, que han exteriorizado su voluntad de acogerse al régimen dispuesto por el Decreto N° 493/95, sus modificatorios y complementario.
Que en consecuencia, se entiende razonable disponer las medidas necesarias a efectos de posibilitar a los menciona-dos sujetos el cumplimiento de las obligaciones correspondientes al citado régimen.
Que ha tomado la intervención que le compete la Dirección de Legislación.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7° de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones y el artículo 27 del Decreto N° 493/95, sus modificatorios y complementario.
Por ello,