AFIP

Resolución General N° 5364/2023

ASUNTO

RESOG-2023-5364-E-AFIP-AFIP. PROCEDIMIENTO. Sistema de Acciones de Control Electrónico. Su implementación. Estados Administrativos de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT). Resolución General N° 3.832. Su modificación.

Fecha de emisión: 29/05/2023

B.O.: 31/05/2023

Fe de Erratas: -

Estado de la Norma: Vigente



VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2023-00365374- -AFIP-SADMDILEGI#SDGASJ, y

CONSIDERANDO

Que es objetivo permanente de esta Administración Federal optimizar su capacidad operativa y de control, a fin de contribuir de esa manera a una mayor eficiencia en la gestión de los tributos a su cargo.

Que en orden a su consecución, es menester maximizar la explotación de los recursos informáticos institucionales mediante la realización de cruces inteligentes de los datos colectados, entre otras fuentes, a través de los distintos regímenes de información vigentes.

Que en consonancia con ello, se ha desarrollado un procedimiento integral denominado “Sistema de Acciones de Control Electrónico” destinado a inducir a los contribuyentes y/o responsables a cumplir con sus obligaciones tributarias y a corregir, en forma temprana, los desvíos detectados a partir de la información analizada.

Que el procedimiento que se implementa por la presente sustituye al dispuesto por la Resolución General N° 3.416 y complementa las restantes acciones de investigación y fiscalización que habitualmente ejecuta este Organismo, afianzando la certeza y transparencia en la comunicación con los contribuyentes y/o responsables.

Que asimismo, se estima pertinente adecuar la Resolución General N° 3.832 y sus modificatorias, a efectos de incorporar dentro de los controles periódicos que se efectúan para la determinación de los estados administrativos de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT), el cumplimiento al citado “Sistema de Acciones de Control Electrónico”.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación y las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Fiscalización, Recaudación, Servicios al Contribuyente y Sistemas y Telecomunicaciones.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

RESUELVE:

TÍTULO I

SISTEMA DE ACCIONES DE CONTROL ELECTRÓNICO

A - ALCANCE


Artículo 1º. - Derogado por Resolución General Nº 5823/2026 ARCA


B - CUMPLIMIENTO A LA ACCIÓN DE CONTROL ELECTRÓNICO. PROCEDIMIENTO, PLAZOS Y CONDICIONES


Artículo 2º. - Derogado por Resolución General Nº 5823/2026 ARCA


Artículo 3º. - Derogado por Resolución General Nº 5823/2026 ARCA


Artículo 4º. - Derogado por Resolución General Nº 5823/2026 ARCA


Artículo 5º. - Derogado por Resolución General Nº 5823/2026 ARCA


Artículo 6º. - Derogado por Resolución General Nº 5823/2026 ARCA


Artículo 7º. - Derogado por Resolución General Nº 5823/2026 ARCA


Artículo 8º. - Derogado por Resolución General Nº 5823/2026 ARCA


Artículo 9º. - Derogado por Resolución General Nº 5823/2026 ARCA


C - SOLICITUD DE PRÓRROGA


Artículo 10. - Derogado por Resolución General Nº 5823/2026 ARCA


D - INCUMPLIMIENTO A LA ACCIÓN DE CONTROL ELECTRÓNICO. SANCIONES Y DEMÁS EFECTOS


Artículo 11. - Derogado por Resolución General Nº 5823/2026 ARCA


E - REDUCCIÓN Y/O EXIMICIÓN DE SANCIONES


Artículo 12. - Derogado por Resolución General Nº 5823/2026 ARCA


TÍTULO II

MODIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN GENERAL N° 3.832 Y SUS MODIFICATORIAS


ARTÍCULO 13.- Modificar la Resolución General N° 3.832 y sus modificatorias, en la forma que se indica a continuación:

a) Incorporar en el Anexo I “ESTADOS ADMINISTRATIVOS DE LA CLAVE ÚNICA DE IDENTIFICACIÓN TRIBUTARIA (C.U.I.T.)”, a continuación del estado “Limitado por solicitud de CUIT digital observada.”, el siguiente estado:

“- Limitado por incumplimiento a las Acciones de Control Electrónico.”.

b) Sustituir el Anexo II “TRÁMITE DE MODIFICACIÓN DEL ESTADO ADMINISTRATIVO DE LA CLAVE ÚNICA DE IDENTIFICACIÓN TRIBUTARIA (C.U.I.T.)”, por el Anexo (IF-2023- 01140696-AFIP-SGDADVCOAD#SDGCTI) que se aprueba y forma parte de la presente.


Modifica a:


TÍTULO III

DISPOSICIONES GENERALES


ARTÍCULO 14.- Abrogar la Resolución General N° 3.416, sin perjuicio de su aplicación a los hechos y situaciones acaecidos durante su vigencia.


ARTÍCULO 15.- La presente resolución general entrará en vigencia el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.


ARTÍCULO 16.- Comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial y archívese.




FIRMANTES

Carlos Daniel Castagneto

ARCA
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