CONSIDERANDO
Que la Resolución General N° 3.962 incorporó la denominada “Solicitud de Disposición de Créditos Aduaneros” al módulo “Cuenta Corriente Aduanera” creado por la Resolución General N° 3.360, a fin de permitir a los exportadores utilizar los créditos en concepto de beneficios a la exportación y/o los importes abonados en demasía por derechos de exportación de destinaciones anuladas o embarcadas con diferencias.
Que este Organismo avanza en un proceso de mejora continua, procurando establecer procedimientos transparentes y herramientas informáticas destinadas a facilitar el cumplimiento de las obligaciones por parte de los usuarios aduaneros, favoreciendo de ese modo las operaciones de comercio exterior.
Que en virtud de ello y a fin de ampliar el universo de exportadores alcanzados y agilizar la utilización de los saldos a favor de dichos operadores, resulta conveniente adecuar los Anexos I y II de la Resolución General N° 3.962.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Recaudación, Sistemas y Telecomunicaciones, Administración, Institucional y Técnico Legal Aduanera, y la Dirección General de Aduanas.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios, por el Decreto N° 953 del 24 de octubre de 2024 y por el artículo 8° del Decreto N° 13 del 6 de enero de 2025 y su modificatorio.
Por ello,