Anexo II
SISTEMA "PLAN DE FACILIDADES DE PAGO DECRETO N° 93/00 - Versión 1.0."
Este programa aplicativo deberá ser utilizado por los contribuyentes alcanzados por el Decreto, a efectos de generar la declaración jurada para formalizar la adhesión al régimen.
Los datos identificatorios de cada contribuyente deben encontrarse cargados en el "S.I.Ap. - Sistema Integrado de Aplicaciones - Versión 3.0", o "versión 3.1.".
La veracidad de los datos que se ingresen será responsabilidad del contribuyente o responsable.
1. Descripción general del sistema.
La función fundamental del sistema es generar la información en disquete y el formulario de declaración jurada F. 888, para presentar la adhesión al régimen. La información contendrá el detalle de obligaciones correspondientes a la deuda consolidada en cada uno de los planes que se declaren (Título III del Decreto N° 93/00, artículo 26 de la Resolución General N° 793 o reformulaciones de planes anteriores vigentes).
Por cada uno de estos planes, el sistema calculará el valor del pago a cuenta, de corresponder, y de las cuotas de cada uno de ellos.
Además, el programa generará un detalle de las mencionadas cuotas que compondrán la mensualidad que deberá cancelarse al momento del acogimiento y/o en meses posteriores, según el caso, indicándose el mes de vencimiento de las mismas y la forma de cancelación (personalizado o por débito directo).
2. Requerimientos de "hardware" y "software".
2.1. PC 486 DX2 o superior.
2.2. Memoria RAM mínima: 16 Mb.
2.3. Memoria RAM recomendable: 32 Mb.
2.4. Disco rígido con un mínimo de 30 Mb. disponibles.
2.5. Disquetera 3 1/2 " HD (1.44 Mbytes).
2.6. "Windows 95, 98 o NT".
2.7. Instalación previa del "S.I.Ap. - Sistema Integrado de Aplicaciones".
3. Metodología para la generación de la declaración jurada.
Para generar la declaración jurada, en primer término el sistema requerirá la carga de una presentación consignando la fecha de consolidación y otros datos adicionales que puedan corresponder. A continuación se detallarán los tipos de deuda a incluir en la presentación según el siguiente detalle:
-Reformulación de planes anteriores vigentes.
-Deuda impositiva y previsional no incluida en plan anterior vigente.
-Deuda por retenciones y percepciones (practicadas y no ingresadas).
-Deudas vencidas entre el 01/11/1999 y 29/02/2000.
Paso siguiente: para cada tipo de deuda informada se detallarán una a una las obligaciones que se incluyen.
De tratarse de intereses resarcitorios y/o punitorios incluidos en alguno de los planes del Título III del Decreto N° 93/00 y/o artículo 26 de la Resolución General N° 793, el sistema en función de la deuda declarada, realizará el cálculo, pudiendo el usuario modificar el importe calculado, si lo considera necesario. Esta operación deberá ser realizada por el usuario en forma manual, para todos los casos de reformulación de planes vigentes.
Una vez cargadas las obligaciones, el sistema calculará el pago a cuenta mínimo correspondiente a cada plan, la cantidad de cuotas e importe de cada una, pudiendo el usuario modificar dichos valores dentro de las condiciones de cada plan.
Por último se informarán los pagos a cuenta efectuados, indicando fecha e importe.
Como resultado de la carga de datos el sistema mostrará el resultado de cada plan, visualizando el total de la deuda, los pagos a cuenta y las cuotas determinadas, posibilitando la generación del disquete y la impresión del formulario F. 888.