CONSIDERANDO
Que la Ley N° 24.331 y sus modificaciones regula los objetivos, actividades, funciones, autoridades y el tratamiento fiscal y aduanero de las Zonas Francas.
Que el Artículo 9° de la referida ley faculta al Poder Ejecutivo Nacional para autorizar operaciones de comercio al por menor en una zona franca en ciudades y pueblos fronterizos con países limítrofes que posean zonas francas en cualquier lugar de su territorio cuando las circunstancias así lo aconsejen.
Que el Artículo 2° del Decreto N° 1.388/13 autoriza el régimen de operaciones de venta al por menor de mercaderías de origen extranjero en la Zona Franca de la Ciudad de Río Gallegos, Provincia de Santa Cruz.
Que la Resolución N° 898/95 (MEyOSP), sus modificatorias y complementarias, readecúa el Reglamento de Funcionamiento y Operación de la zonas francas en cuestión.
Que a su vez, el Artículo 1° de la Resolución N° 31 del 13 de febrero de 2014 del entonces Ministerio de Economía y Finanzas Públicas y su modificatoria, indica que atento a lo previsto por el Artículo 9º de la Ley Nº 24.331 y sus modificaciones y a lo establecido por el Decreto Nº 1.388/13 se encuentran permitidas las operaciones de venta al por menor de mercaderías de origen extranjero en la Zona Franca de la Ciudad de Río Gallegos, Provincia de Santa Cruz.
Que la Resolución General N° 270 y sus modificatorias establece las normas relativas a la habilitación, funcionamiento y control de las zonas francas.
Que la Resolución General N° 4.340 habilita y delimita la Zona Franca y Zona Primaria Aduanera de Río Gallegos.
Que en esta etapa, se habilita el ámbito para la realización de las operaciones de venta al por menor de mercaderías de origen extranjero en la referida zona franca.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Operaciones Aduaneras del Interior, Técnico Legal Aduanera y la Dirección General de Aduanas.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, su modificatorio y sus complementarios y la Disposición Nº 45/16 (AFIP) del 22 de febrero de 2016.
Por ello,